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Entre las funciones de la POLICÍA LOCAL establecidas en la Ley 2/1986 de 13 de marzo de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y en la Ley 4/1992 se encuentran:
Ordenanza reguladora del servicio de ordenación y regulación del aparcamiento de vehículos en la vía pública por rotación y residentes (ORA) publicada en el B.O.C.M núm. 91 de fecha 18 de abril de 2005 y modificada en el B.O.C.M núm. 94 de fecha 21 de abril de 2005.
Ordenanza reguladora de movilidad y seguridad vial publicada en el B.O.C.M núm 125 de fecha 27 de mayo de 2006.
Colaboración ciudadana. Informe de aquellos vehículos que presenten estado de abandono para que los servicios municipales actúen, facilitando los siguientes datos:
Si usted lo desea, le daremos respuesta de la actuación correspondiente. Para ello nos deberá facilitar su dirección de correo postal o electrónico.
Es competencia de la POLICÍA LOCAL, la reordenación y regulación del tráfico en las vías urbanas. En cuanto a la reordenación del tráfico se refiere a:
Por tanto, la instalación de un contenedor de escombros está aparejada a la autorización preceptiva de la POLICÍA previo pago de las tasas correspondientes.
La regulación del tráfico, está referida a la actuación directa de los agentes de la POLICÍA LOCAL en cuanto a incrementar la fluidez y seguridad tanto de las personas como de los vehículos que estén en movimiento o permanezcan estacionados en la vía pública. Corresponde a estos agentes la denuncia de las infracciones que observen.
Desde la oficina de Policia Local se puede solicitar y obtener la tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida, previa la presentación de la documentación requerida.
Se establecerán campañas sobre:
Es conveniente que todos los pasos de carruajes que carezcan de la señal otorgada por el Área de Urbanismo, se provean de la misma.
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