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Los Equipos de Orientación están regulados por la Orden Ministerial de 9 de diciembre de 1.992 (BOE del 18) y la resolución del 28 de julio de 2.005 del Director General de Centros Docentes.
Constituyen el soporte técnico de la orientación, fundamentalmente en las etapas de Educación Infantil y Primaria, colaborando para lograr un desarrollo personalizado e integral de las capacidades de todo el alumnado.
Estos equipos atienden a todos los centros públicos de Educación Infantil y Primaria con periodicidad semanal, excepto a aquellos que tienen orientador en los que la atención será mensual. También atienden mensualmente a los Centros Concertados.
En los centros con atención mensual su labor es, fundamentalmente, la evaluación psicopedagógica y la elaboración del dictamen de escolarización.
Realiza las siguientes funciones específicas:
Se compone de 6 Psicólogos-pedagogos, 2 Trabajadores sociales, 1 Maestra de audición y lenguaje, 1 Médico. Extiende su ámbito de actuación a los municipios de Collado Villalba, Galapagar y Colmenarejo.
Los Equipos de Atención Temprana intervienen en la etapa de Educación Infantil. Centran su atención en la dimensión preventiva y de intervención temprana, a través de la identificación de situaciones y circunstancias de riesgo o desventaja, anticipándose a la aparición de problemas o detectándolos tempranamente y facilitando la intervención adecuada. Determinan las necesidades específicas de apoyo que puedan presentar los alumnos, por necesidades educativas especiales.
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